BASES ESPECÍFICAS PARA LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DE CUATRO SOCORRISTAS ACUÁTICOS PARA LA PISCINA MUNICIPAL DE AZNALCÁZAR, TEMPORADA 2015 ( Exp 186/2015)
Vista las bases específicas para la contratación temporal de 4 socorristas acuáticos para la piscina municipal de Aznalcázar, en la temporada 2015, rubricadas de fecha 04/05/2015.
Visto lo establecido en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, relativo a la revocación
de actos y rectificación de errores que establece que las Administraciones públicas podrán revocar o
rectificar, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o
aritméticos existentes en sus actos
Considerando la existencia de error material en las citadas
bases, se ACUERDA la siguiente rectificación del tercer punto relativo a los requisitos de dichas
bases.
DONDE DICE: “estar en posesión del título de Monitor/a de Natación emitido por la Real Federación Española de Natación”
DEBE DECIR: “estar en posesión del título de Socorrista y/o Salvamento Acuático”